Asambleas extraordinarias: La Asamblea de Propietarios se podrá reunir de forma extraordinaria cuando las necesidades sean imprevistas o de urgencia y cuando lo requiera el inmueble.
En las Asambleas extraordinarias únicamente podrán considerarse los asuntos que haya sido objeto de la convocatoria.
- Convocatoria:
- Autorizados a convocar: La Junta Directiva, el administrador o, por lo menos el 20% de la totalidad de los propietarios de las unidades inmobiliarias que se encuentren paz y salvo por derecho propio, cuando no fuera convocada por las autoridades encargadas en un término no mayor a cuarenta y ocho horas de ocurrido el imprevisto o urgencia.
- Contenido: Igual a la de la Asamblea ordinaria, excepto en Clase de reunión, que sería Extraordinaria.
- Tiempo: No menos de tres días ni más de cinco días calendario previos a la celebración de la reunión.
- Publicación: Debe comunicarse a todos los propietarios ya sea por documento escrito a la unidad inmobiliaria y/o por cualquier medio tecnológico que haya indicado cada propietario.
- Quórum: Se considera legalmente constituida con el quórum de más de la mitad de los propietarios de manera presencial o medios tecnológicos o mixta. Para poder participar por medio tecnológico el propietario debe participar con audio y video validable; el requisito mínimo de uso de audio.
- Decisiones: Las decisiones serán válidas con la aprobación por mayoría simple de aquellas unidades que se encuentren paz y salvo con la administración.
- Acta: Las decisiones de la Asamblea de Propietarios se harán constar en un acta que expresará, como mínimo, lo siguiente:
- Número del acta y clase de reunión.
- Nombre de la propiedad horizontal.
- Lugar y/o medio tecnólógico, fecha y hora, que deberán coincidir con los señalados en el aviso de convocatoria, y la transcripción del aviso de convocatoria con el carga, el nombre o los nombres de quien o quienes convocaron de conformidad con los requisitos establecidos con la Ley de Propiedad Horizontal.
- Lista de propietarios o apoderados que asistan personalmente y/o por cualquier medio tecnológico viable en la que se especifique el número de la unidad inmobiliaria, el número de finca y, cuando se trate de decisiones por las cuales se reforme el Reglamento de Copropiedad, se indique el coeficiente de participación.
- Quórum de la reunión teniendo en cuenta el número de propietarios que asistieron de manera presencial y/o medio tecnológico, de unidades inmobiliarias que conforman la propiedad horizontal y el número de unidades inmobiliarias habilitadas para votar.
- Quiénes fungieron como presidente y secretario en la reunión de la Asamblea de Propietarios y la forma como se eligieron, en el caso de que no sean los titulares del cargo.
- Asuntos tratados.
- Propuestas presentadas, con indicación de si fueron aprobadas o negadas y la forma y cantidad de votos.
- Fecha y hora de inicio de terminación o de suspensión y de reinicio, si se llegara a presentar.
- Firmas de quienes actuaron como presidente y secretario de la Asamblea de Propietarios.
- Convocatoria:
La administración deberá comunicar a través de documento escrito a la unidad inmobiliaria o por cualquier medio tecnológico, dirigido a la dirección electrónica o dato digital que haya indicado cada propietarios, un resumen de las decisiones adoptadas, en un plazo no mayor a tres días calendario, contado desde la fecha de la reunión.
El acta deberá ser emitida en un plazo no mayor de diez días calendario, contado desde la fecha de la reunión, y será entregada por el secretario o el administrador a los propietarios cuando la soliciten.
En el caso de la reunión de la Asamblea de Propietarios que se celebre a través de medio tecnológico, el secretario de la Junta Directiva deberá guardar un archivo digital como prueba inequívoca de esta.
Segunda convocatoria: En caso de que no haya quórum en la primera convocatoria, ya sea Asamblea Ordinaria o Extraordinaria, es necesario convocar inmediatamente a una segunda convocatoria y celebrarse dentro de los diez días calendario después de la primera convocatoria manteniendo la misma agenda, horario, forma y lugar.
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